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Como resultado
de sus investigaciones sobre el proceso de violencia de origen político
que se vivió en el Perú entre los años 1980 y 2000,
la Comisión de la Verdad y Reconciliación ha llegado a las
siguientes conclusiones:
I. Las
dimensiones del conflicto
1. La CVR
ha constatado que el conflicto armado interno que vivió el Perú
entre 1980 y 2000 constituyó el episodio de violencia más
intenso, más extenso y más prolongado de toda la historia
de la República. Asimismo, que fue un conflicto que reveló
brechas y desencuentros profundos y dolorosos en la sociedad peruana.
2. La CVR
estima que la cifra más probable de víctimas fatales de
la violencia es de 69,280 personas. Estas cifras superan el número
de pérdidas humanas sufridas por el Perú en todas las guerras
externas y guerras civiles ocurridas en sus 182 años de vida independiente.
3. La CVR
afirma que el conflicto abarcó una proporción mayor del
territorio nacional que cualquier otro, provocó enormes pérdidas
económicas expresadas en destrucción de infraestructura
y deterioro de la capacidad productiva de la población y llegó
a involucrar al conjunto de la sociedad.
4. La CVR
constata que existió una notoria relación entre situación
de pobreza y exclusión social y probabilidad de ser víctima
de violencia. En el departamento andino de Ayacucho, donde ésta
se inició, se concentra más del 40 por ciento de muertos
y desaparecidos reportados a la CVR. Al sumar a ellas las víctimas
consignadas por la CVR en los departamentos de Junín, Huánuco,
Huancavelica, Apurímac y San Martín se llega al 85 por ciento
de las víctimas registradas por la CVR .
5. La CVR
ha constatado que la población campesina fue la principal víctima
de la violencia. De la totalidad de víctimas reportadas, el 79%
por ciento vivía en zonas rurales y el 56 por ciento se ocupaba
en actividades agropecuarias.
6. La CVR
ha podido apreciar que, conjuntamente con las brechas socioeconómicas,
el proceso de violencia puso de manifiesto la gravedad de las desigualdades
de índole étnico-cultural que aún prevalecen en el
país. Del análisis de los testimonios recibidos resulta
que el 75 por ciento de las víctimas fatales del conflicto armado
interno tenían el quechua u otras lenguas nativas como idioma materno.
7. La CVR
comprueba que, en términos relativos, los muertos y desaparecidos
tenían grados de instrucción muy inferiores al promedio
nacional. Mientras el censo nacional de 1993 indica que solamente 40 por
ciento de la población nacional tiene un nivel educativo inferior
a la educación secundaria, la CVR ha encontrado que el 68 por ciento
de las víctimas se encontraba por debajo de ese nivel.
8. La CVR
concluye que la violencia impactó desigualmente en distintos ámbitos
geográficos y en diferentes estratos sociales del país.
Si la tasa de víctimas reportadas a la CVR respecto de la población
de Ayacucho hubiera sido similar en todo el país, la violencia
hubiera ocasionado 1 millón 200 mil muertos y desaparecidos. De
esa cantidad, 340 mil hubieran ocurrido en la ciudad de Lima.
9. La CVR
ha constatado que la tragedia que sufrieron las poblaciones del Perú
rural, andino y selvático, quechua y asháninka, campesino,
pobre y poco educado, no fue sentida ni asumida como propia por el resto
del país; ello delata, a juicio de la CVR, el velado racismo y
las actitudes de desprecio subsistentes en la sociedad peruana a casi
dos siglos de nacida la República.
10. La CVR
ha hallado que el conflicto puso de manifiesto graves limitaciones del
Estado en su capacidad de garantizar el orden público y la seguridad,
así como los derechos fundamentales de sus ciudadanos dentro de
un marco de actuación democrático.
11. La CVR
asimismo ha encontrado una precaria vigencia del orden constitucional
y el Estado de Derecho, los que en momentos de la crisis fueron vulnerados.
II. Las
responsabilidades del conflicto
A. Sobre
el PCP-Sendero Luminoso
12. La CVR
ha apreciado que la causa inmediata y fundamental del desencadenamiento
del conflicto armado interno fue la decisión del PCP-SL de iniciar
la “lucha armada” contra el Estado Peruano, a contracorriente
con la abrumadora mayoría de peruanos y peruanas y en momentos
en que se restauraba la democracia a través de elecciones libres.
13. Para
la CVR, el PCP-SL fue el principal perpetrador de crímenes y violaciones
de los derechos humanos tomando como medida de ello la cantidad de personas
muertas y desaparecidas. Fue responsable del 54 por ciento de las víctimas
fatales reportadas a la CVR. Esta cuota tan alta de responsabilidad del
PCP-SL es un caso excepcional entre los grupos subversivos de América
Latina y una de las singularidades más notorias del proceso que
le ha tocado analizar a la CVR.
14. La CVR
ha comprobado que el PCP-SL desplegó extremada violencia e inusitada
crueldad que comprendieron la tortura y la sevicia como formas de castigar
o sentar ejemplos intimidatorios en la población que buscaban controlar.
15. La CVR
ha encontrado que el PCP-SL fue en contra de las grandes tendencias históricas
del país, poniendo en práctica una férrea voluntad
política se expresó como un proyecto militarista y totalitario
de características terroristas que no conquistó el apoyo
duradero de sectores importantes de peruanos.
16. La CVR
considera que la ideología en que el PCP-SL sustentó su
proyecto fue de carácter fundamentalista, centrada en una rígida
preconcepción del devenir histórico, encerrada en una visión
únicamente estratégica de la acción política
y por tanto reñida con todo valor humanitario. Desdeñaba
el valor de la vida y negaba los derechos humanos.
17. La CVR
ha constatado que el PCP-SL logró su cohesión interna a
través del llamado Pensamiento Gonzalo que reflejó el culto
a la personalidad de Abimael Guzmán Reynoso, fundador y dirigente
de la organización, a quien se le consideró la encarnación
del pensamiento más elevado en la historia de la humanidad.
18. Para
la CVR, el PCP-SL, de acuerdo a su ideología, adoptó una
estrategia que buscó consciente y constantemente provocar respuestas
desproporcionadas por parte del Estado sin tener en cuenta el profundo
sufrimiento que ello ocasionaba a la población por la que decía
luchar.
19. La CVR
considera que el PCP-SL llevó la ideología fundamentalista
y la organización totalitaria a sus extremos. En su acción
subversiva se constata una trágica ceguera: ve clases, no individuos.
De allí su falta absoluta de respeto por la persona humana y por
el derecho a la vida, incluyendo la de sus militantes. Exacerbó
en ellos una vena fanática que se convirtió en su sello
de identidad.
20. La CVR
ha constatado características del PCP-SL que se desplegaron desde
un comienzo a través de “ajusticiamientos” realizados
con sevicia, prohibición de entierros, y otras manifestaciones
delictivas, incluido el uso de “coches-bomba” en las ciudades.
21. La CVR
encuentra asimismo un potencial genocida en proclamas del PCP-SL que llaman
a «pagar la cuota de sangre» (1982), «inducir genocidio»
(1985) y que anuncian que «el triunfo de la revolución costará
un millón de muertos» (1988). Esto se conjuga con concepciones
racistas y de superioridad sobre pueblos indígenas.
22. La CVR
ha encontrado que el PCP-SL se aprovechó de ciertas instituciones
del sistema educativo como principal cabecera de playa y que a través
de ellas logró expandir su prédica y captar núcleos
minoritarios de jóvenes de uno y otro sexo en diferentes partes
del país. Si bien ofrecía a los jóvenes una utopía
que les brindaba identidad totalizante, en el fondo los encerraba en una
organización fundamentalista y opresora a través de cartas
de sujeción a Abimael Guzmán Reynoso.
23. La CVR
ha constatado que la prédica del PCP-SL pudo tener aceptación
fugaz, en razón de la incapacidad del Estado y de las élites
del país para responder a las demandas educativas de una juventud
frustrada en sus esfuerzos de movilidad social y de aspiración
de progreso.
24. La CVR
ha encontrado que el PCP-SL secundó las tesis maoístas y
convirtió a las zonas rurales en el escenario principal del conflicto.
Sin embargo, no tomó en cuenta las necesidades y aspiraciones económicas
del campesinado, ni sus organizaciones propias ni sus especificidades
culturales, y convirtió, más bien, a los campesinos en masa
que debía someterse a la voluntad del partido. La disidencia individual
en la masa llevó a asesinatos y aniquilamientos selectivos, y la
disidencia colectiva condujo a masacres y arrasamientos de comunidades
enteras.
25. La CVR
ha establecido que la presencia del PCP-SL en los andes y la respuesta
contrasubversiva del Estado revivió y militarizó viejos
conflictos intra e intercomunales. Catalogó como “enemigos
de clase” a los sectores relativamente más conectados al mercado
o a las redes e instituciones regionales o nacionales, y decretó
su destrucción. Su “guerra campesina” contra el Estado
se convirtió en muchos casos en enfrentamientos entre campesinos.
26. La CVR
ha constatado que la violencia extrema practicada por el PCP-SL en las
localidades rurales de los andes se extendió también a los
centros urbanos. Lima y otras ciudades fueron también escenario
complementario y sufrieron sabotajes, asesinatos selectivos, paros armados
y actos terroristas, especialmente bajo la modalidad de coches-bomba.
Desde un principio, pero más aún en la segunda mitad de
la década de 1980 y principios de los años 90, Lima resultó
ser además un importante centro de reclutamiento para el PCP-SL.
27. La CVR
señala que la concepción ideológica del PCP-SL implicaba
la destrucción del “viejo Estado” desde sus cimientos,
ello los llevó al asesinato de autoridades, especialmente locales:
alcaldes, gobernadores, tenientes gobernadores, jueces de paz. Pero también
autoridades nacionales: ministros, parlamentarios y otros representantes
de los poderes del Estado. El 12 por ciento de las víctimas fatales
reportadas a la CVR que fueron causadas por el PCP-SL eran autoridades.
Además, incurrió en el asesinato masivo de dirigentes sociales,
hombres y mujeres, dirigentes comunales, alcaldes varas, dirigentes campesinos,
sindicales, barriales, magisteriales y de organizaciones de mujeres.
28. La CVR
por la generalidad y sistematicidad de estas prácticas, señala
que miembros del PCP-SL, y en especial su dirección nacional y
su denominada jefatura, tienen directa responsabilidad por la comisión
de crímenes de lesa humanidad en el marco de ataques armados contra
la población civil, cometidos a gran escala o bien como parte de
una estrategia general o planes específicos. Del mismo modo, estas
conductas constituyen, a juicio de la CVR, graves infracciones a los Convenios
de Ginebra, cuyo respeto era obligatorio para todos los participantes
en las hostilidades. La perfidia con la que actuó el PCP-SL en
el terreno, escudándose en la población civil, evitando
el uso de distintivos y atacando a traición, entre otros métodos
similares como el recurso a acciones terroristas, constituyó un
calculado mecanismo que buscaba provocar reacciones brutales de las fuerzas
del orden contra la población civil, incrementando en una forma
extraordinaria los sufrimientos de las comunidades en cuyos territorios
se llevaban a cabo las hostilidades.
29. La CVR
encuentra la más grave responsabilidad en los miembros del sistema
de dirección del PCP-SL por el conflicto que desangró a
la sociedad peruana, por los siguientes elementos:
30. Por haber
dado inicio a la violencia en contra del sentimiento abrumadoramente mayoritario
de la población; por haber planteado su lucha contra la democracia
peruana con una estrategia sanguinaria; por las prácticas violentas
de ocupación y control de territorios rurales y poblaciones campesinas,
con un alto costo en vidas y en sufrimiento humano; por su política
de genocidio mediante actos de provocación al Estado; por su decisión
de proclamar el llamado equilibrio “estratégico” que
acentuó el carácter terrorista de sus acciones.
31. La CVR
hace notar la profunda irresponsabilidad y menosprecio del PCP-SL hacia
sus propios militantes, a quienes se les inducía a matar y morir
de la manera más cruel y sanguinaria, mientras que sus dirigentes
máximos, especialmente Abimael Guzmán Reynoso, permanecían
en Lima, exentos de riesgos físicos y privaciones, prácticamente
durante todo el conflicto. Esta incongruencia se expresó de la
manera más patente cuando, tras ser capturado, Abimael Guzmán
Reynoso, abandonó casi inmediatamente la tesis del “equilibrio
estratégico” y solicitó al gobierno un “acuerdo
de paz” junto con un reconocimiento explícito y sumamente
elogioso al gobierno dictatorial de Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos.
32. La CVR
expresa su pesar por los miles de jóvenes que resultaron seducidos
por una propuesta que constataba los profundos problemas del país
y proclamaba: «la rebelión se justifica». Muchos de
ellos, con voluntad de transformar esa realidad injusta, no advirtieron
que el tipo de rebelión que planteaba el PCP-SL implicaba el ejercicio
del terror y la implantación de un régimen totalitario.
Quedaron así encuadrados en una organización absolutamente
vertical, y totalitaria que les inculcaba el desprecio por la vida, castigaba
las discrepancias y exigía plena sumisión. Muchos de ellos
murieron inútil y cruelmente. La CVR llama al país a impulsar
las reformas institucionales necesarias para que proyectos terroristas
y totalitarios no encuentren nunca más eco alguno entre los jóvenes.
33. La Comisión
constata constatar que a diferencia de otros países de América
Latina por esa misma época, entre 1980 y 1992 el conflicto armado
interno se desarrolló mientras imperaba en el Perú un régimen
democrático, con elecciones libres, libertad de prensa y el sistema
político más inclusivo de nuestra historia contemporánea.
El PCP-SL y el MRTA se autoexcluyeron de manera unilateral del sistema
democrático y socavaron más bien con sus acciones armadas
el régimen político democrático instaurado en 1980.
B. Sobre
el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)
34. En 1984,
el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) inició a
su vez una lucha armada contra el Estado y es responsable del 1.5% de
las víctimas fatales que fueron reportadas a la CVR. A diferencia
de SL y en forma similar a otras organizaciones armadas latinoamericanas
con quienes mantuvo vínculos, el MRTA reivindicaba sus acciones
y sus miembros usaban distintivos para diferenciarse de la población
civil, se abstuvo de atacar a la población inerme y en algunas
coyunturas dio muestras de estar abierto a negociaciones de paz. Sin embargo,
el MRTA incurrió también en acciones criminales , recurrió
a asesinatos, como en el caso del Grl. Enrique López Albújar,
a la toma de rehenes y a la práctica sistemática del secuestro,
crímenes que violan no sólo la libertad de las personas
sino el derecho internacional humanitario que el MRTA afirmaba respetar.
Cabe resaltar también que el MRTA asesinó a disidentes de
sus propias filas.
35. En balance,
durante la década de 1980 el discurso y las acciones del MRTA contribuyeron
a crear un clima en el cual el uso de la violencia PRETENDIO SER O APARECER
aparecía como un recurso político legítimo, favoreciendo
en última instancia el accionar y expansión de Sendero Luminoso.
Y en la década de 1990, especialmente a partir de su frustrada
toma del Congreso y de la toma de la residencia del embajador japonés
en diciembre de 1996, el MRTA favoreció la legitimación
de la política contrasubversiva autoritaria y militarizada del
gobierno de Alberto Fujimori.
III. La
responsabilidad de los gobiernos y de los poderes y aparatos del Estado
36. La CVR
constata que Fernando Belaúnde Terry y Alan García Pérez
ganaron la presidencia en elecciones libres y directas por los ciudadanos.
También lo hizo Alberto Fujimori en 1990. Sin embargo, a partir
del golpe de Estado del 5 de abril de 1992, Fujimori se convirtió
en un gobernante autoritario, que buscó permanecer en el poder
consolidando una autocracia corrupta.
37. La CVR
hace notar que, a pesar de la subversión armada del PCP-SL y del
MRTA, y de ser notoriamente deficitaria en muchos aspectos, la democracia
respetó la separación de poderes y la libertad de expresión,
celebró tres elecciones presidenciales y parlamentarias, cuatro
elecciones municipales nacionales y elecciones regionales en 1989. Ninguna
de ellas fue cuestionada.
38. La CVR
constata no obstante, que quienes gobernaron el Estado en ese período
carecieron de la comprensión necesaria y del manejo adecuado del
conflicto armado planteado por PCP-SL y el MRTA. Existió un interés
por poner en marcha la Constitución de 1979, por desarrollar el
país y por hacer que la relación entre gobernantes y gobernados
fuese expresión del Estado de Derecho. Sin embargo, tanto el gobierno
del presidente Belaúnde como el del presidente Alan García
erraron al no aplicar una estrategia integral, vale decir social, política,
económica, militar, psicosocial, de inteligencia y de movilización
del conjunto de la población para hacer frente de un modo eficaz
y dentro de sus propios marcos democráticos a la subversión
armada y al terrorismo.
A. La
actuación de las Fuerzas Policiales
39. La CVR
señala que las fuerzas policiales tenían el deber de enfrentar
a los grupos subversivos que vulneraban los derechos fundamentales de
los ciudadanos y reconoce la esforzada y sacrificada labor que sus miembros
realizaron durante los años de violencia. Asimismo, rinde su más
sentido homenaje a los más de un millar de valerosos efectivos
que perdieron la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su
deber.
40. La CVR
considera que la formación contrasubversiva recibida hasta entonces
por las fuerzas del orden había tenido como referente a movimientos
guerrilleros según el modelo castrista o, en el mejor de los casos,
a grupos armados semejantes a los que por esos años actuaban en
otros países de América Latina. Esta fue una razón
principal de su dificultad para enfrentar a un enemigo vesánico,
que se confundía entre la población civil y era diferente
a aquellos grupos subversivos.
41. La CVR
señala que las fuerzas de la policía tuvieron que responder
a la agresión del PCP-SL y, después, del MRTA en condiciones
logísticas precarias, sin entrenamiento adecuado ni rotación
suficiente de efectivos. Cuando recibieron la responsabilidad de conducir
las acciones de lucha contrasubversiva en Ayacucho, no contaron con un
apoyo adecuado del gobierno.
42. La CVR
considera que la limitaciones de los servicios de inteligencia policiales
no permitieron tener una visión adecuada de lo que acontecía.
Esto, sumado al desconocimiento de la naturaleza del PCP-SL, provocó
que se menospreciara la magnitud del fenómeno en curso. Así,
en lugar de enviar a los agentes más preparados y eficientes de
cada institución, se mantuvo la práctica común en
las organizaciones policiales de enviar a elementos no idóneos
a zonas alejadas como forma de castigo.
43. La CVR
ha constatado que una vez declarado el estado de emergencia en Ayacucho,
en octubre de 1981, la intervención del destacamento policial contrainsurgente
denominado los sinchis hizo crecer las violaciones a los derechos humanos,
generó resentimientos y distanció a la policía de
la población.
44. La CVR
señala que tanto las dificultades de coordinación para sumar
esfuerzos entre los tres institutos policiales, cuanto la corrupción
en altos oficiales y en unidades estratégicas fueron factores externos
al conflicto mismo que impidieron un mejor desempeño policial en
los años en que la subversión aún era débil.
Por ello, a pesar de los relativos logros obtenidos durante 1982 con la
captura de subversivos, especialmente en las ciudades, hubo dos acontecimientos
que mostraron que la subversión había excedido las capacidades
de las FFPP: el asalto al centro penitenciario de Huamanga por el PCP-SL
y el repliegue de los puestos policiales en el campo a lo largo de 1982
.
45. La CVR
ha constatado que con el ingreso de las FFAA a Ayacucho y la posterior
implantación de los Comandos Político-Militares (CPM) en
las zonas declaradas en estado de emergencia, se impuso la subordinación
policial a las FFAA, quedando sujeta a las funciones establecida por los
jefes militares, por encima de sus propios comandos y de las autoridades
civiles. En este contexto y a medida que la ofensiva militar avanzó,
agentes de los tres institutos policiales que actuaron en las zonas de
emergencia incurrieron en graves violaciones a los derechos humanos.
46. La CVR
concluye que la lucha contra la subversión reforzó en miembros
de la policía prácticas autoritarias y represivas preexistentes.
La tortura en interrogatorios y las detenciones indebidas que habían
sido frecuentes en el trato con la delincuencia común, adquirieron
un carácter masivo durante la acción contrasubversiva. [La
CVR ha constatado que las violaciones más graves a los derechos
humanos por parte de agentes militares fueron: ejecuciones extrajudiciales,
desaparición forzada de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos
o degradantes. Entre estos, la CVR condena particularmente la práctica
extendida de violencia sexual contra la mujer. Todos estos actos constituyen
una deshonra para quienes fueron sus perpetradores directos y para quienes,
en su condición de superiores jerárquicos, los instigaron,
permitieron o encubrieron con mecanismos de impunidad.]
47. La CVR
constata que durante la segunda mitad de la década de 1980, la
unificación de las fuerzas policiales, el seguimiento de sus labores
desde el Ministerio del Interior; y la fusión de distintas unidades
operativas en la Dirección de Operaciones Especiales (DOES), contribuyeron
a una mejor coordinación de acciones para la lucha contrasubversiva.
Pese a ello, el sector no atendió ni reforzó lo suficiente
a la DIRCOTE, unidad que había adquirido experiencia a partir de
su trabajo concentrado en Lima.
48. La CVR
ha encontrado indicios que vinculan individualmente a efectivos de las
fuerzas policiales al mal llamado “Comando Rodrigo Franco”,
del que no se ha podido determinar si era una organización centralizada
o una especie de franquicia empleada por actores diversos, no necesariamente
articulados entre ellos.
49. La CVR
puede afirmar que el distanciamiento entre la policía y las poblaciones
tendió a agudizarse conforme se desenvolvía el conflicto
armado interno. Este hecho facilitó el arraigo de una mala imagen
del policía como perpetrador o, en el caso de las zonas cocaleras,
como corrupto vinculado al narcotráfico.
50. La CVR
constata que a partir de 1985 las fuerzas policiales llegaron a tener
un conocimiento más acertado de la organización y formas
de acción de los grupos subversivos. El trabajo de inteligencia
operativa de la DINCOTE (antes DIRCOTE) logró las impecables capturas
de los principales dirigentes subversivos, destacando las de Víctor
Polay Campos el 9 de junio de 1992 y de Abimael Guzmán Reynoso
el 12 de septiembre del mismo año. Estas capturas constituyeron
un aporte fundamental para conseguir la derrota estratégica de
la subversión y el terrorismo.
51. La CVR
constata que, a partir del golpe del 5 de abril de 1992, la PNP fue sometida
a los planes del SIN y subordinada al poder militar, con un recorte significativo
de sus facultades, una distorsión de sus funciones institucionales
y una cúpula involucrada en la red de corrupción del régimen,
manejada por Vladimiro Montesinos
B. La
actuación de las Fuerzas Armadas
52. La CVR
señala que las FFAA, por decisión del gobierno constitucional
mediante decreto supremo expedido el 29 de diciembre de 1982, tenían
el deber de enfrentar a los grupos subversivos que desafiaban el orden
constitucional de la República y vulneraban los derechos fundamentales
de los ciudadanos,
53. La CVR
reconoce la esforzada y sacrificada labor que los efectivos de las FFAA
realizaron durante los años de violencia y rinde su más
sentido homenaje a los más de un millar de valerosos efectivos
que perdieron la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su
deber.
54. La CVR
ha encontrado que las FFAA aplicaron una estrategia que en un primer periodo
fue de represión indiscriminada contra la población considerada
sospechosa de pertenecer a PCP-SL. En un segundo período, esa estrategia
se hizo más selectiva, aunque continuó posibilitando numerosas
violaciones de derechos humanos.
55. La CVR
afirma que en ciertos lugares y momentos del conflicto la actuación
de miembros de las FFAA no sólo involucró algunos excesos
individuales de oficiales o personal de tropa, sino también prácticas
generalizadas y/o sistemáticas de violaciones de los derechos humanos,
que constituyen crímenes de lesa humanidad así como transgresiones
de normas del Derecho Internacional Humanitario.
56. La CVR
concluye que, en este marco, los Comandos Político-Militares (CPM),
erigidos en autoridad estatal máxima de las zonas de emergencia,
pueden tener la responsabilidad primaria por estos crímenes. El
Poder Judicial debe establecer el grado exacto de responsabilidad penal
de quienes ejercieron los CPM, ya sea por haber ordenado, incitado, facilitado
o encubierto estos hechos, o bien por haber omitido el deber fundamental
de ponerles coto.
57. La CVR
ha constatado que las violaciones más graves a los derechos humanos
por parte de agentes militares fueron: ejecuciones extrajudiciales, desaparición
forzada de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Entre estos, la CVR condena particularmente la práctica extendida
de violencia sexual contra la mujer. Todos estos actos constituyen una
deshonra para quienes fueron sus perpetradores directos y para quienes,
en su condición de superiores jerárquicos, los instigaron,
permitieron o encubrieron con mecanismos de impunidad.
58. La CVR
señala que al momento de su intervención en la lucha contra
la subversión, las FFAA tenían preparación y equipamiento
para enfrentar un eventual conflicto convencional (conflicto externo).
Durante los primeros años de su intervención (1983-85),
carecieron de adecuado trabajo de inteligencia sobre la organización,
el perfil de los militantes y la estrategia del PCP-SL. Por decisión
de la autoridad civil, su objetivo fue terminar rápidamente el
conflicto, sin tomar en cuenta el costo en vidas humanas. Se plantearon
recuperar el dominio territorial, suponiendo que la población se
dividía entre poblados leales al Estado peruano y poblados subversivos
o zonas rojas, sin advertir que estas últimas no eran homogéneas
y contenían por lo general sectores sobre los cuales el PCP-SL
se imponía por la coacción e incluso el terror.
59. Para
la CVR, aunque la intervención militar golpeó duramente
la organización y la capacidad operativa de PCP-SL, produjo también
una secuela de violaciones masivas de los derechos humanos y convirtió
al bienio 1983-84 en el más letal del conflicto fundamentalmente
en Ayacucho. Peor aún, la estrategia resultó contraproducente,
pues la represión indiscriminada en las zonas rurales postergó
la ruptura entre PCP-SL y los sectores más pobres del campesinado,
y no evitó la expansión de las acciones armadas a otras
zonas del país.
60. La CVR
señala que, en agosto de 1989, las FFAA aprobaron la sistematización
de una estrategia contrasubversiva. La nueva estrategia distinguía
en los teatros de operaciones poblaciones amigas, neutrales y enemigas,
y no tenía como objetivo principal el control territorial sino
la eliminación de las OPA (Organizaciones Político-Administrativas)
o comités populares senderistas; ganar a la población y
aislar a la fuerza militar del PCP-SL. La estrategia produjo resultados
decisivos, como alentar la reacción del campesinado contra el poder
senderista y la masificación de los Comités de Autodefensa,
que cambiaron las relaciones entre FFAA y campesinado.
61. La CVR
constata que en esta etapa las violaciones de derechos humanos fueron
menos numerosas, pero más deliberadas o planificadas que en la
etapa anterior. Aparecieron, además, escuadrones de la muerte cuya
actividad llevó a que el Perú ocupara en esos años
el primer lugar en el mundo en desapariciones forzadas de personas.
62. CVR señala
que la nueva estrategia fue aprovechada por un grupo de oficiales que,
a su vez, diseñó planes para una posible interrupción
castrense del proceso político. Parte de esos planes autoritarios
serían retomados posteriormente para el golpe de 1992. Dichos proyectos
antidemocráticos expusieron a las FFAA a dos grandes trastornos
institucionales: a) el uso de un modelo de política contrasubversiva
y la imagen de una fuerza armada victoriosa para justificar el golpe de
Estado de 1992, y b) una tregua con el narcotráfico al definir
al PCP-SL como enemigo principal, que debía ser aislado del campesinado
cocalero. En algunos casos, y sobre todo a partir del ascenso de Vladimiro
Montesinos, esa tregua se convirtió en alianza.
63. La CVR
concluye que la captura de Abimael Guzmán y la desarticulación
del PCP-SL y el MRTA no lograron evitar que la ética, el prestigio
e incluso el bienestar y la eficiencia de las FFAA quedaran seriamente
mellados por una cúpula que unió su suerte al gobierno dictatorial.
Este proceso de descomposición estuvo caracterizado por la actividad
del Grupo Colina, la persecución de oficiales disidentes, así
como la organización de un sistema de corrupción, chantaje
y espionaje político dentro de las propias FFAA bajo la dirección
de Vladimiro Montesinos.
64. La CVR
ha encontrado que las FFAA fueron capaces de extraer lecciones durante
el proceso de violencia, las que le permitieron afinar su estrategia de
manera que ésta fuera más eficaz y menos propensa a la violación
masiva de derechos humanos. Este aprendizaje se revela ostensiblemente
en el descenso de víctimas por acción de agentes del Estado
precisamente en los años más intensos del conflicto armado
interno (1989-1993), mientras que durante esos mismos años el PCP-SL
desplegaba una desbordante violencia terrorista contra los pueblos quechua
y asháninka y también contra la población urbana.
Ese aprendizaje, junto con la proliferación de los Comités
de Autodefensa, la inteligencia operativa policial, y el respaldo de la
ciudadanía, permite explicar la derrota del PCP-SL.
C. Sobre
la actuación de los comités de autodefensa
65. La CVR
estima que desde muy temprano, sectores del campesinado más pobre,
aquellos que según los cálculos del PCP-SL debían
haber sido sus aliados principales, se levantaron contra un proyecto que
no compartían y se les imponía por la fuerza. Comunidades
como Uchuraccay y otras de las alturas de Huanta se encuentran entre los
ejemplos más conocidos. En algunos casos de modo espontáneo,
en otros por iniciativa de las FFAA, los productores agrarios del valle
del río Apurímac formaron los primeros Comités de
Autodefensa (CADs), que posteriormente se multiplicaron, propinándole
su primera derrota estratégica al PC-SL en las áreas rurales.
66. La CVR
reconoce el derecho de los campesinos a la autodefensa en el contexto
excepcional planteado por la agresión senderista. Constata, al
mismo tiempo, que en un número significativo de casos la formación
de Comités de Autodefensa se produjo por la presión y el
amedrentamiento de las FFAA y/o de otros CADs. En ocasiones, los CADs
fueron más allá de tareas de autodefensa y resultaron, de
acuerdo a los hallazgos de la CVR, responsables de crímenes que
deben ser sancionados .
67. La CVR
reconoce, sin embargo, que los CADs fueron un factor muy importante en
el desenlace del conflicto armado interno y rinde homenaje a los ronderos
caídos en defensa de sus comunidades y del país. Resalta,
asimismo, que una vez terminado el conflicto armado no se convirtieron
en sicarios del narcotráfico, ni pusieron su experiencia militar
al servicio de otros actores implicados en actividades ilícitas.
La inmensa mayoría de miembros de los CADs se ha reintegrado a
sus comunidades, y el país sigue teniendo una deuda con ellos.
El Decreto Legislativo 741 promulgado a fines de 1991, y su posterior
reglamentación, sólo les reconoce indemnizaciones a partir
de la promulgación de la ley, y ha beneficiado a un reducido número
de deudos.
IV. EL
PROCESO POLÍTICO Y LOS GOBIERNOS
68. La CVR,
antes de detenerse en sus conclusiones específicas sobre los gobiernos,
debe diferenciar los años que van entre 1980 y 1992, tramo que
transcurrió bajo regímenes civiles electos democráticamente,
del tramo final de nuestro mandato, que va de 1992 al año 2000
– donde un gobierno que nació de un golpe de estado, organizó,
pese a las elecciones que ganó, un régimen autoritario que
quiso prorrogarse como dictadura. Ese cambio de régimen tiene una
incidencia directa sobre las responsabilidades de las máximas autoridades
del Estado en torno a las violaciones a los derechos humanos, pues la
centralización del poder incide en la relación más
directa en principio entre el Presidente de la República y los
grupos que operan encubiertos por el poder para perpetrar esas violaciones.
69. La CVR
considera que, dado el desarrollo de los hechos, marcado por la creciente
violencia del PCP-SL, era inevitable que el Estado utilizara sus fuerzas
armadas para hacerle frente y recurriera a declarar estados de emergencia,
que eran una posibilidad considerada por la Constitución vigente
para afrontar situaciones de grave riesgo. La CVR deplora, sin embargo,
que los gobiernos que así lo decidieron, no tomasen las previsiones
para impedir los atropellos a los derechos fundamentales de la población,
atropellos posibles de acuerdo con el tipo de intervención que
es propio de los cuerpos militares, mucho más cuando voceros calificados
de ellos advirtieron públicamente sobre la alta probabilidad de
una represión indiscriminada.
70. La CVR
es consciente que todo este actuar de los Gobiernos estaba condicionado,
tanto en su debilidad como en su improvisación, por las fallas
profundas del Estado:
Su insuficiente
cobertura territorial y densidad institucional;
Su falta de preparación para enfrentar un conflicto de esas características;
La desconfianza que le provocaban significativos sectores de sus propios
ciudadanos y;
Una creciente incapacidad para someterse a los marcos constitucionales
y legales de los que acababa de dotarse el país a través
de la Constitución de 1979.
71. La CVR debe rendir por eso su homenaje a los dirigentes y militantes
de los partidos políticos democráticos, que ofrendaron su
vida o sufrieron maltrato por cumplir con honestidad con sus deberes públicos.
Nos referimos tanto a los militantes y familiares de los partidos que
gobernaron, así como a los que tuvieron responsabilidad parlamentaria
o en las regiones y municipios. Debe destacarse especialmente a las autoridades
locales de los lugares más afectados por la violencia, que mantuvieron
la presencia del Estado peruano muchas veces a costa del máximo
sacrificio. Ellos deben ser un ejemplo para todos en esta nueva etapa
de búsqueda de democracia.
72. La CVR
debe constatar, al mismo tiempo, una muy grave responsabilidad de los
gobiernos de esos años, así como de los partidos que tuvieron
representación en el Parlamento, los gobiernos locales y, entre
1989 y 1991, los gobiernos regionales. En los primeros doce años
del conflicto, la Policía y las Fuerzas Armadas se hicieron cargo
del combate a la subversión a partir de instrumentos legales aprobados
por gobiernos civiles y dentro del marco de una legislación antiterrorista
promulgada por un Congreso elegido democráticamente.
73. .La CVR
ha recogido amplia evidencia de cómo en el combate a los grupos
subversivos se cometieron gravísimas y masivas violaciones a los
derechos humanos, lo que afecta en primer lugar a los gobiernos, que eran
los responsables del conjunto de la acción del Poder Ejecutivo,
del cual dependen las fuerzas del orden. Además de ello, los gobiernos
civiles electos incurrieron en la más grave responsabilidad al
desatender las denuncias de violaciones de derechos humanos o, en muchos
casos, al garantizar la impunidad para los responsables de las mismas.
74. La CVR
encuentra que el primer punto de inflexión institucional en la
abdicación de la responsabilidad democrática por parte de
los gobiernos con la creación por dispositivo legal de los Comandos
Político Militares. Ellos subordinaron en la práctica al
poder civil en las zonas declaradas en estado de emergencia, pues ellos
terminaron asumiendo no sólo la conducción militar sino
también política de la lucha contrasubversiva .
75. La CVR
constata que la ley colocaba a militares y policías que actuaban
en provincias declaradas en estado de emergencia bajo la competencia de
la justicia militar, lo que favoreció la impunidad de los agentes
del Estado responsables de violaciones a los derechos humanos. Del mismo
modo el carácter permanente de una situación de excepción
en cada vez más provincias, debilitó la democracia y creó
un clima propicio para las violaciones a los derechos humanos, así
como un sentido común de la población y las autoridades
civiles de esas zonas, de que el poder reposaba en la autoridad militar.
76. La CVR
considera que la abdicación de la autoridad democrática
culminó con la legislación antisubversiva aprobada después
del golpe de abril de 1992. De acuerdo a ella, los jefes de los CPM no
sólo coordinaban y supervisaban sino “conducían”
las acciones en los campos no-militares. Ese paquete legislativo cambió
el Sistema de Defensa Nacional, la ley del Servicio de Inteligencia Nacional
y la ley de situación militar. Esta última permitió
que los comandantes generales de las FF.AA. permanecieran en sus cargos
aún después de su fecha de retiro. La nueva legislación
incluía además penas y procedimientos que violaban las garantías
del debido proceso, así como la Constitución y tratados
internacionales de los cuales el Perú era firmante: penas mínimas
desproporcionadas, nuevas figuras legales como terrorismo agravado y traición
a la patria, tribunales y jueces sin rostro, entre otros. Este nuevo marco
legal fue uno de los pilares del régimen surgido a partir del golpe
de Estado de abril de 1992.
A. Indiferencia
y demanda de dureza
77. La CVR
ha constatado con pesar que los gobiernos civiles no estuvieron solos
en esta concesión al uso indiscriminado de la fuerza como medio
de combate contra la subversión. Por el contrario, la proclividad
de dichos gobiernos a la solución militar sin control civil estuvo
en consonancia con un considerable sector de la sociedad peruana, principalmente
el sector urbano medianamente instruido, beneficiario de los servicios
del Estado y habitante de zonas alejadas del epicentro del conflicto.
Este sector miró mayoritariamente con indiferencia o reclamó
una solución rápida, dispuesta a afrontar el “costo
social” que era pagado por los ciudadanos de las zonas rurales y
más empobrecidas.
B. El
gobierno de Acción Popular
78. La CVR
expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes
al partido Acción Popular, muchas de las cuales fueron autoridades
locales que permanecieron en sus puestos a pesar de la intensidad de la
violencia. La CVR resalta, también, el esfuerzo realizado por el
gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry por preservar el
sistema democrático, las elecciones locales y generales y la libertad
de prensa, en el contexto de una difícil transición a un
régimen democrático en medio del peor conflicto armado interno
de la historia republicana del país.
79. La CVR
reconoce que el partido Acción Popular tuvo que enfrentar la subversión
un escenario difícil por la complejidad del Estado sobredimensionado
legado por el gobierno militar, por la debilidad de un sistema de partidos
sin vida democrática significativa, por relaciones cívico-militares
marcadas por la distancia y la desconfianza y por la existencia de una
izquierda de gran tamaño y radicalidad.
80. La CVR
recuerda que en ese contexto, el presidente Belaúnde propuso diversas
políticas de frente, que sólo fueron aceptadas por su aliado,
el Partido Popular Cristiano. Los demás partidos optaron por mantener
sus propios perfiles. Ese desacuerdo complicó enormemente las posibilidades
de una respuesta unitaria a la amenaza subversiva.
81. La CVR
encuentra que el conflicto armado interno fue considerado por varios meses
como un problema marginal que había tomado por sorpresa al Estado
y a todas las fuerzas políticas del país. Una vez que el
incremento del número de acciones subversivas armadas lo volvió
inocultable, el gobierno de AP y la oposición perdieron un valioso
tiempo en atribuir las responsabilidades de los hechos, a partir de sus
propias agendas políticas . Debe señalarse que ese tiempo
perdido en diagnósticos errados o interesados fue crucial para
el asentamiento del PCP-SL en diversas áreas del campo ayacuchano,
sin una respuesta estatal organizada por el gobierno.
82. La CVR
constata que el gobierno optó por enfrentar al PCP-SL con las fuerzas
policiales y con medidas de excepción que se prorrogaron ininterrumpidamente.
Las limitaciones de las fuerzas policiales, divididas en tres instituciones
sin coordinación entre ellas, desprovistas de equipamiento básico
y sin el respaldo de una política contrasubversiva coherente generaron,
en poco tiempo, un rechazo de la población que fue trasladado hacia
el gobierno. Éste, ante la actividad cada vez más violenta
de SL, optó por ceder la conducción de la lucha antisubversiva
a las FFAA a fines de 1982.
83. La CVR
considera que la decisión adoptada por el gobierno de AP inició
un proceso de militarización que duró más de una
década y que tuvo graves consecuencias para el país. Con
el establecimiento de comandos político-militares y ante la inoperancia
del poder político para contribuir en la lucha contrasubversiva
en los campos no-militares, se produjo una subordinación de hecho
de las autoridades civiles locales a las estrategias contrasubversivas
de las FFAA.
84. La CVR
ha establecido que los comandos político-militares y la intervención
de las FFAA se realizaron sin tomar las previsiones indispensables por
parte de la autoridad civil para salvaguardar los derechos fundamentales
de la población, permitiéndose en consecuencia numerosas
violaciones de los derechos humanos de manera sistemática y/o generalizada.
85. La CVR
concluye que el gobierno de Acción Popular toleró estas
violaciones de derechos humanos, haciendo caso omiso de las numerosas
denuncias por diversas fuentes gubernamentales y de la sociedad civil.
Tal es el caso de matanzas como las de Putis, Pucayacu, Cabitos, entre
las más notorias. Asimismo, durante ese período de gravísima
violencia, el parlamento con mayoría gobiernista no nombró
ninguna comisión investigadora. La única comisión
fue nombrada por el Ejecutivo para investigar la matanza de ocho periodistas
en la comunidad de Uchuraccay, donde la CVR ha constatado que murieron,
además, 135 campesinos quechuas en el transcurso del año
posterior a la masacre, la mayoría a manos de Sendero Luminoso.
86. La CVR
encuentra que esa injustificada tolerancia del gobierno de AP hacia los
atropellos a los derechos fundamentales de la ciudadanía, se sustentaba
en la intención y la expectativa de acabar con la subversión
en el corto plazo, sin considerar su costo en vidas humanas. Dicha política
fue ratificada por la Ley 24150 promulgada en 1985.
87. La CVR
encuentra responsabilidad política en el gobierno de Acción
Popular por su tolerancia con las violaciones de derechos humanos cometidas
por parte del Estado, principalmente contra la población indígena,
la más desprotegida y marginada del país, y halla en ella
una lamentable muestra de esos hábitos de discriminación
y racismo existentes en la sociedad peruana.
88. Las cifras
de la CVR revelan que entre 1983 y 1984 se produjo la mayor cantidad de
muertes anualizadas de todo el conflicto, causadas por las campañas
de asesinatos del PCP-SL y la cruenta respuesta oficial, que según
los cálculos de la CVR dejaron 19,468 víctimas fatales,
es decir, 28 por ciento del total estimado para todo el conflicto armado
interna. Estas cifras que pasaron casi imperceptibles para el resto del
país, debido a las graves fracturas étnicas de nuestra sociedad.
C. El
gobierno del Partido Aprista Peruano
89. La CVR
expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes
al Partido Aprista Peruano, muchas de las cuales fueron autoridades locales
que permanecieron en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia.
La CVR resalta, también, el esfuerzo realizado por el gobierno
del presidente Alan García Pérez por preservar el sistema
democrático, las elecciones locales y generales y la libertad de
prensa, en el contexto de una difícil situación en medio
del peor conflicto armado interno de la historia republicana del país.
90. La CVR
considera que, al asumir el doctor Alan García Pérez el
gobierno en julio de 1985, impulsó una serie de políticas
sociales para reorientar la estrategia contrasubversiva en marcha. El
objetivo explícito fue derrotar a la subversión mediante
políticas de desarrollo dirigidas a los campesinos y a las regiones
más pobres. El nuevo gobierno asumió como propias las críticas
a la actuación de las FFAA que se venían haciendo desde
el periodo gubernamental previo.
91. La política
de respeto a los derechos humanos y de denuncia de las violaciones de
los mismos se expresó, por ejemplo, en las sanciones aplicadas
a los jefes militares responsables de la matanza de Accomarca (agosto
1985). El gobierno buscó así el control civil sobre la acción
militar. Creó, asimismo, una Comisión de Paz y llevó
adelante iniciativas en el campo de la unificación policial y la
creación del Ministerio de Defensa.
92. La CVR
considera, sin embargo, que la llamada “masacre de los penales”
ocurridas los días 18 y 19 de junio de 1986 en los centros penitenciarios
de Lurigancho y El Frontón marcó un punto de quiebre en
el esfuerzo del gobierno del APRA por imponer desde el poder civil un
nuevo esquema de respeto de los derechos humanos por las fuerzas del orden.
La CVR constata que a partir de los sucesos mencionados, las FF.AA. actuaron
con mayor autonomía en su accionar contrasubversivo, sin que el
Poder Ejecutivo ni el Poder Legislativo las proveyeran de un marco legal
para ello.
93. La CVR
encuentra grave responsabilidad política en el gobierno del APRA
en relación con estos casos, sin perjuicio de otras responsabilidades
que de manera individual sean determinadas en otras instancias judiciales
nacionales o internacionales.
94. La CVR
considera el encubrimiento de la matanza de Cayara ocurrida en mayo de
1988, como paradigmático de la nueva la actitud del partido de
gobierno frente la actuación de las FF.AA. en la lucha contrasubversiva.
La comisión investigadora conformada en el Senado de la República,
presidida por el parlamentario del PAP Carlos Enrique Melgar, dictaminó
que la matanza no había ocurrido, mientras que la minoría
de dicha comisión y un fiscal aseguraban lo contrario. El dictamen,
no obstante, fue aprobado por la mayoría aprista. Las investigaciones
de la CVR confirman la matanza de Cayara y encuentran responsabilidad
política en el PAP por colaborar en el encubrimiento de dicha masacre.
95. La CVR
constata el gobierno del APRA puso en marcha un proceso de reorganización
de las tres instituciones policiales existentes, atendiendo a reclamaciones
sobre la crisis de corrupción e ineficiencia. Ello derivó
en lo que más adelante sería la policía nacional.
El Partido Aprista tuvo un especial interés en controlar a la policía
a través del ministerio del Interior. En el proceso se crearon
nuevas unidades como la DOES, preparada para la lucha contrasubversiva
y se fortaleció el trabajo de inteligencia contra el terrorismo.
96. La CVR
estima que la aguda crisis económica y política que vivió
el Perú a partir de 1988 favoreció el desarrollo de las
agrupaciones subversivas y a la vorágine de violencia. El fracaso
del programa económico y el inicio de la hiperinflación
llevó a una situación de grave inestabilidad en el país.
Desde el fallido intento de estatización de la banca, el gobierno
perdió el respaldo de los grupos empresariales y financieros del
país. Las marchas y contramarchas en las políticas económicas
agudizaron la tensión social existente, agravada por servicios
básicos colapsando. El PCP-SL aprovechó esos espacios de
descontento para iniciar sus propias marchas de protesta hasta en la misma
capital.
97. La CVR
ha recogido testimonios que sugieren la existencia de policías
vinculados a actividades de escuadrones de la muerte y comandos paramilitares
utilizados contra presuntos subversivos. Una serie de sucesos, como la
aparición del Comando Rodrigo Franco, el enfrentamiento en Molinos,
el ataque del PCP-SL al puesto policial de Uchiza, la vacancia de cargos
municipales en 1989 y el escape de los emerretistas del penal Castro Castro
en 1990, entre otros, potenciaron la imagen de desgobierno y caos en el
país. Al mismo, tiempo, sin embargo se llevaron a cabo tres elecciones
nacionales entre noviembre de 1989 y junio de 1990. El descontento de
las FFAA fue grande, produciéndose hasta un intento de golpe de
Estado. La CVR concluye que, al producirse la crisis, el gobierno perdió
el control de la política contrasubversiva, salvo en algunas áreas
del trabajo policial que fueron muy exitosas como la del GEIN que, a la
postre, rendiría los mayores frutos en cuanto a capturas de líderes
subversivos.
D. Los
gobiernos de Alberto Fujimori
98. La CVR
ha constatado que las elecciones presidenciales de 1990 se produjeron
en medio de una crisis generalizada y del incremento de la acción
subversiva. El desprestigio de los partidos y la pérdida de confianza
en las organizaciones políticas facilitaron el triunfo de un independiente,
el ingeniero Alberto Fujimori, ex-Rector de la Universidad Nacional Agraria.
Rápidamente reveló rasgos de personalidad que se expresarían
en sus dos períodos gubernamentales: el menosprecio a la democracia.
En ningún momento construyó una organización política
que lo respalde . Para enfrentar los dos grandes problemas que heredaba
–crisis económica y avance de la subversión- encargó
los asuntos económicos a grupos de tecnócratas, y asumió
como suya la estrategia antisubversiva de las Fuerzas Armadas perfilada
a finales de la década de 1980. Igualmente, convocó a operadores
de inteligencia militar; el más conocido: Vladimiro Montesinos.
Con su apoyo, el nuevo régimen comenzó a fortalecer el Servicio
de Inteligencia Nacional y se aseguró la lealtad de las cúpulas
militares para convertirlas en pilares de su gestión .
99. La CVR
concluye que el golpe de estado del 5 de abril de 1992 significó
el colapso del Estado de Derecho y mostró además la debilidad
del sistema de partidos; el golpe contó con el apoyo de la mayoría
de la opinión pública. En medio de la ofensiva urbana del
PCP-SL, sectores importantes de todos los estratos sociales, se mostraron
dispuestos a trocar democracia por seguridad y a tolerar las violaciones
a los DDHH como el costo necesario para terminar con la subversión.
100. La CVR
ha constatado que a partir de 1992 la nueva estrategia contra-subversiva
puso énfasis en la eliminación selectiva de las organizaciones
político-administrativas (OPA) de los grupos subversivos. Vinculado
a Vladimiro Montesinos actuó un escuadrón de la muerte denominado
“Colina”, responsable de asesinatos, desapariciones forzadas
y masacres con crueldad, ensañamiento. La CVR posee indicios razonables
para afirmar que el presidente Alberto Fujimori, su asesor Vladimiro Montesinos
y altos funcionarios del SIN tienen responsabilidad penal por los asesinatos,
desapariciones forzadas y masacres perpetradas por el escuadrón
de la muerte denominado “Colina”.
101. La CVR
sostiene que la DINCOTE, gracias a la experiencia acumulada desde fines
de la década anterior y el énfasis puesto en el trabajo
de inteligencia, mostró por esa misma época facetas más
constructivas y eficaces, que desembocaron en la captura de Víctor
Polay, principal dirigente del MRTA, y en la de Abimael Guzmán
y miembros del Buró Político del Comité Central del
PCP-SL, el 12 de setiembre de 1992. La CVR concluye que las capturas de
los líderes máximos del PCP-SL y el MRTA no fueron usadas
por el gobierno para acelerar la derrota de la subversión sino
para obtener réditos electorales.
102. Asimismo,
entonces, la CVR señala la utilización dada al operativo
Chavín de Huántar. Como se sabe, en diciembre de 1996 un
comando del MRTA secuestró centenares de civiles que asistían
a una recepción en la residencia del embajador japonés.
La CVR expresa su repudio a esa acción terrorista que mantuvo cautivos
durante más de cuatro meses a decenas de personas. Reconoce, asimismo,
el derecho del Estado a rescatar a los rehenes allí recluídos
y saluda el heroísmo y la eficiencia de los comandos que culminaron
con éxito el operativo de rescate y rinde homenaje a los miembros
del Ejército fallecidos en dicha acción, así como
al Dr. Carlos Giusti. Condena, sin embargo, las ejecuciones extrajudiciales
que se habrían producido, injustificadas por tratarse de personas
rendidas, y comparte asimismo el rechazo de la opinión pública
a las imágenes de Alberto Fujimori paseándose por sobre
los cadáveres desparramados en la residencia recién rescatada.
103. La CVR
afirma que en los años siguientes, diversos hechos, algunos ciertos,
la mayoría manipulados mediáticamente, sirvieron para crear
y recrear exageradamente al “terrorismo” como una amenaza latente,
para justificar el autoritarismo del régimen y para desprestigiar
a los opositores. La interceptación telefónica a políticos
opositores, el acoso al periodismo independiente, el sometimiento y perversión
final de la mayoría de medios de comunicación, los atentados
y crímenes incluso contra miembros del propio SIN, así como
la desvirtuación de operaciones legítimas como el mencionado
operativo Chavín de Huántar, llevan el sello del gobierno
autoritario de Alberto Fujimori.
104. Por
lo expuesto, la CVR sostiene que en los últimos años del
gobierno de Fujimori el conflicto armado interno fue manipulado con la
finalidad de hacer que el régimen permaneciera en el poder. Ello
sumió al país en una nueva crisis económica y en
abismos de corrupción, descomposición moral, debilitamiento
del tejido social e institucional y una profunda desconfianza en la esfera
pública. Todos estos rasgos constituyen, por lo menos en parte,
secuelas de la forma autoritaria, “antipolítico”, en
que se resolvió el conflicto y configuran una de las páginas
más oprobiosas de la historia de la república.
E. Los
partidos de Izquierda
105. La CVR
expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes
a los partidos que conformaron la alianza Izquierda Unida, muchas de las
cuales fueron autoridades locales que permanecieron en sus puestos a pesar
de la intensidad de la violencia. La CVR resalta, también, que
IU fue un canal de representación política de amplios sectores
populares y movimientos sociales hasta entonces no incluidos en la agenda
nacional. De esta forma, en muchas zonas del país, militantes de
izquierda fueron un freno para el avance de Sendero Luminoso.
106. La CVR
ha constatado que la alianza Izquierda Unida (IU) fue la segunda fuerza
electoral durante la mayor parte de la década de 1980, tuvo representación
en el Parlamento, responsabilidad en gobiernos locales y, entre 1989 y
1992, en los gobiernos regionales.
107. Asimismo
la CVR ha constatado que durante la década de 1970, la mayor parte
de las organizaciones que luego conformarían IU compartieron con
matices un discurso y una estrategia que privilegiaba la toma del poder
por la vía de la lucha armada. En el contexto de grandes movilizaciones
sociales y apertura democrática de fines de los años 70,
algunas de estas organizaciones iniciaron un viraje que los llevó
a valorar positivamente la vía electoral y la democracia representativa.
108. La CVR
hace notar sin embargo, que un deslinde ideológico insuficiente
y en muchos casos tardío colocó a la mayoría de partidos
miembros de IU en una situación ambigua frente a las acciones del
PCP-SL y más aún del MRTA. Esta ambigüedad hizo difícil
para sus líderes, y también para las dirigencias sociales
sobre las cuales IU tenía influencia, dar la lucha ideológica
contra las concepciones violentistas que terminaran incorporándose
al PCP-SL o al MRTA.
109. La CVR
constata que la izquierda formuló denuncia, por cierto necesaria,
de las violaciones a los derechos humanos cometidos por el Estado. Sin
embargo, no dio el mismo tratamiento a aquellas cometidas por los grupos
subversivos, especialmente por el MRTA. Hubo dos agrupaciones que mantuvieron
hasta el final la posibilidad del recurso a la violencia para tomar el
poder. Esto fue en ultima instancia lo que produjo la división
de la izquierda entre supuestos reformistas y revolucionarios. Por otro
lado, el Partido Unificado Mariateguista y el P.C. del P. “Patria
Roja” formaron organismos de autodefensa, que terminaron enfrentando
a SL en defensa de las organizaciones sociales.
110. Para
la CVR, sin que ello fuera una posición generalizada, sectores
de la izquierda entendieron su participación en el parlamento como
una tribuna de agitación y propaganda y en los municipios para
desde allí “elevar el nivel de conciencia de las masas”.
En ambos casos, para demostrar las limitaciones de las instituciones “demo-burguesas”.
111. La CVR
señala que, en el plano político, el sectarismo y la ineficacia
de los partidos y de los independientes que conformaban IU, así
como la dificultad para poner los intereses del país por encima
de los grupos o personalidades que la integraban, impidió que ella
fuera más allá de su carácter de alianza electoral,
para convertirse en frente programático que representara y ofreciera
una alternativa de transformación pacífica y democrática
a sus militantes y al país. Ese límite se mantuvo incluso
en su momento de mayor presencia electoral, le impidió luego diferenciarse
de la política del gobierno aprista, y terminó dividiéndola
en 1989. La división desconcertó a sus seguidores y resquebrajó
el dique de contención que significaba IU en amplios sectores populares,
favoreciendo el avance de los grupos subversivos y posteriormente del
fujimorismo.
112. Sin
embargo, la CVR hace resaltar el papel positivo de la temprana denuncia
de las violaciones a los derechos humanos por parte de IU, tanto a través
de sus partidos integrantes como de las organizaciones sociales en las
cuales tenía presencia y de sus representantes en el Parlamento,
que tuvieron destacado papel en las más importantes comisiones
investigadoras del Congreso sobre temas vinculados al conflicto armado
interno (la matanza de los penales, los grupos paramilitares, las causas
de la violencia.)
113. La CVR
deja constancia, además, que numerosos miembros de IU, especialmente
militantes de base de provincias en períodos electorales, cayeron
víctimas de las fuerzas del orden que no distinguieron entre izquierdaunidistas
y subversivos. Asimismo, queda claro para la CVR que IU no fue nunca “fachada
legal” de SL, ni de manera orgánica ni oficiosa. Más
bien, conforme avanzaba la década, IU denunció crecientemente
la ideología y los métodos del PCP-SL, quien asesinó
un número significativo de dirigentes sociales de las filas de
IU, algunos de ellos líderes de importantes gremios nacionales.
F. El
poder legislativo
114. A la
CVR le es dado constatar que los problemas del Estado para enfrentar el
conflicto armado interno también ocurrieron en el Poder Legislativo.
Las fuerzas políticas allí representadas no tuvieron ni
presentaron iniciativas sobre cómo enfrentar de una manera integral
a los grupos subversivos hasta bien avanzado el conflicto (1991).
115. La CVR
deja constancia de que durante toda la década de 1980 el Congreso
funcionó con mayorías gobiernistas. A través de esas
mayorías, los gobiernos inhibieron o debilitaron las capacidades
de fiscalización y de formulación legal. Así, el
Parlamento 1980-1985 no cumplió con su función constitucional
de fiscalización, al abdicar a ejercer control sobre lo que en
Ayacucho, Huancavelica y Apurímac venía sucediendo a propósito
del conflicto. Encontrándose en este período la mayor cantidad
de peruanos muertos o desaparecidos a causa de la guerra, el Congreso
no efectuó ninguna investigación sobre las violaciones a
los derechos humanos que tanto el PCP-SL como las fuerzas del orden iban
acumulando impunemente.
116. La CVR
debe señalar que frente a la militarización del conflicto,
el Congreso no planteó ninguna alternativa o plan viable. La principal
actividad normativa estuvo a cargo del Ejecutivo. Y cuando, finalmente,
el Congreso retomó dicha función, no hizo sino reafirmar
su escasa voluntad de comprometerse a encontrar respuesta severa y eficaz
frente al fenómeno subversivo.
117. La CVR
señala que la aprobación por el Congreso de la Ley 24150
que establecía las normas a cumplir en los estado de excepción
por los que las FFAA asumían el control del orden interno, en todo
o parte del territorio, fue un intento de legalizar lo que en los hechos
venía sucediendo, inhibiendo legalmente a la autoridad civil en
beneficio de la militar. Así, esta decisión significó,
por un lado, una estrategia equivocada que condujo a la relativización
del poder democrático civil y, por otro, a la reducción
de la política anti-subversiva a un ámbito de represión
y control militar.
118. Sin
embargo, la CVR debe anotar que a partir de 1985 funcionaron comisiones
investigadoras sobre casos de gran impacto en la opinión pública.
Aunque ninguna logró quebrar el círculo de la impunidad
los debates parlamentarios y los dictámenes en minoría generaron
corrientes importantes de opinión pública en contra de las
violaciones a los derechos humanos. No obstante, cabe señalar que
si bien el Congreso se encargó de llevar adelante la investigación
de importantes casos de violaciones a los derechos perpetradas por las
fuerzas del orden, no hizo un esfuerzo similar para investigar y demandar
sanción sobre terribles casos de violaciones perpetradas por SL.
119. La CVR
anota que en el Congreso surgido a partir de las elecciones de 1990, el
Ejecutivo careció por primera vez de mayoría propia. Aprovechando
el desgaste de los partidos políticos y el desprestigio del Legislativo,
el gobierno de Alberto Fujimori y los promotores de una política
anti-subversiva autoritaria y militarizada, sobredimensionaron su ineficacia
y sus problemas y no tuvieron reparos en presentar al Congreso como parte
del “campo enemigo”, esta idea era coincidente con la del PCP-SL,
que entendía al Congreso como un reducto del “revisionismo”
y parte del “viejo Estado” que había que destruir.
120. La CVR
halla que entre 1990 y 1992, el Congreso adquirió otra fisonomía.
El que no existiese una mayoría parlamentaria gobiernista y el
avance de la subversión, empujaron a una mayor concertación
y a participar de manera más activa en el diseño de una
política anti-subversiva dentro de marcos democráticos.
La nueva actitud se hizo visible en el debate sobre legislación
anti-subversiva de noviembre de 1991. De otro lado, en materia de su función
de control parlamentario, el Congreso de 1990-92 intervino en situaciones
de violaciones de derechos humanos en el conflicto armado interno. Sin
embargo, el golpe de abril de 1992 que cerró el Parlamento con
la anuencia de un sector mayoritario de la opinión pública,
mostró que ese fue un esfuerzo tardío e insuficiente para
controlar a los poderes fácticos y corrientes autoritarias del
país. Para entonces los partidos políticos parlamentarios
evidenciaban claros signos de agotamiento y crisis.
121. La CVR
considera que después del golpe de 1992 el Congreso, tanto el CCD
como el Congreso 1995-2000, careció de cualquier capacidad de fiscalización,
tanto por el recorte constitucional de sus atribuciones como por la mayoría
parlamentaria absoluta que mantuvo la bancada gobiernista hasta el año
2000. La pálida labor parlamentaria en la lucha contra-subversiva
se vio agravada por el desarrollo de un proceso de manipulación
normativa de alta nocividad social, que buscó, entre otras cosas,
montar un aparato que garantizara la impunidad a las violaciones de los
derechos humanos cometidas por agentes estatales.
122. A la
CVR le ha sido dado constatar que, en muchos casos, la mayoría
oficialista de los congresos post golpe, a pesar de la actitud valiente
de congresistas de la oposición, no sólo abdicó de
su función constitucional de fiscalización, sino que avaló
y promovió el encubrimiento y la impunidad. Un hito de especial
consideración dentro de su participación en el proceso de
afirmación de impunidad fue la aprobación de la Ley 26479,
Ley General de Amnistía (15.06.95). El Parlamento se convirtió
en la práctica en una caja de resonancia de los planteamientos
de palacio y del SIN.
G. El
Poder Judicial
123. La CVR
debe indicar que la abdicación de la autoridad democrática
incluyó las funciones propias de la administración de justicia.
El sistema judicial no cumplió con su misión adecuadamente;
ni para la condena dentro de la ley de las acciones de los grupos subversivos;
ni para la cautela de los derechos de las personas detenidas, ni para
poner coto a la impunidad con que actuaban los agentes del Estado que
cometían graves violaciones de los derechos humanos. En el primer
caso, el poder judicial se ganó la imagen de una ineficiente “coladera”
que liberaba a culpables y condenaba a inocentes; en el segundo caso,
sus agentes incumplieron el rol de garante de los derechos de los detenidos,
coadyuvando a la comisión de graves violaciones a los derechos
a la vida y la integridad física; por último, se abstuvieron
de llevar a la justicia a miembros de las fuerzas armadas acusados de
graves delitos, fallando sistemáticamente cada contienda de competencia
a favor del fuero militar, donde las situaciones quedaban en la impunidad.
124. La CVR
debe empero precisar que el Sistema Judicial adolecía de problemas
estructurales que determinaban su ineficiencia. Sin embargo, a ello debe
sumarse la actuación negligente de algunos operadores de justicia
que hicieron mas grave aún la situación estructural en que
se desenvolvía la administración de justicia.
125. La CVR
deja constancia de que la situación del Perú judicial se
agravó luego del golpe de Estado de 1992, cuando a las condiciones
mencionadas se sumaron: una clara intromisión en la capacidad de
autogobierno a partir de ceses masivos de magistrados, nombramientos provisionales
y la creación de órganos de gestión ajenos a la estructura
del sistema judicial; además de la inoperancia del Tribunal Constitucional.
126. La CVR
deja constancia de la deficiente la legislación que aplicaba el
sistema judicial. Entre 1980 y 1992 incidieron fuertemente en esta situación:
la tipificación amplia e imprecisa del delito de terrorismo; y
la mediatización de la labor del Ministerio Público en la
etapa de investigación preliminar, subordinando la labor garantista
del fiscal. Luego del golpe de 1992, la situación se agravó
debido a que la nueva legislación antiterrorista se caracterizaba
por: la sobrecriminalización del terrorismo a través de
la flexibilización del concepto y la creación de tipos penales
nuevos con los que se procesaba en distintos fueros y se imponían
penas distintas por la misma conducta; la falta de proporcionalidad de
las penas; la seria limitación de la capacidad de defensa de los
detenidos; y la atribución de competencia a los tribunales militares
en el juzgamiento de los delitos de traición a la patria.
127. La CVR
ha constatado que, abdicando de su propia competencia, el Poder Judicial,
a través de la Corte Suprema cuando los acusados eran miembros
de las Fuerzas Armadas, falló en toda ocasión a favor del
fuero militar, donde los casos por lo general se sobreseían, se
prolongaban innecesariamente o terminaban generando condenas benévolas.
128. Otra
conducta que la CVR ha comprobado es que los operadores de justicia incurrieron
en falta contra su deber de cautelar por los derechos de los ciudadanos
fue la generalizada práctica de declarar improcedentes los recursos
de Habeas Corpus. El tribunal de garantías constitucionales –vigente
hasta 1991- sistemáticamente evitó llegar a sentencias fundadas.
Esta situación contribuyó en no poca medida a que las detenciones
arbitrarias culminasen en torturas, ejecuciones arbitrarias y desapariciones
forzadas.
129. La CVR
considera que la dictadura de Alberto Fujimori pretendió legalizar
de forma espuria la impunidad a las violaciones de los derechos humanos
realizadas por agentes del Estado, logrando que el Congreso Constituyente
Democrático aprobase por mayoría dos leyes de amnistía
que vulneraban disposiciones constitucionales y tratados internacionales
soberanamente ratificados por el Perú. Salvo una honrosa excepción,
que inaplicó la norma por vulnerar disposiciones constitucionales
y tratados internacionales , los jueces renunciaron a su facultad de aplicar
el control difuso de la constitucionalidad de las leyes.
130. La CVR
ha constatado que el resultado de la aplicación estricta y acrítica
de la legislación antiterrorista de 1992 permitió que en
el procesamiento de detenidos no se garantizara la imparcialidad ni la
exactitud de los juicios. No solamente cientos de personas inocentes tuvieron
que sufrir largas condenas, sino que la violación de las garantías
de debido proceso arrojó una severa sombra de duda sobre los procesos
realizados. El descrédito sufrido por el sistema judicial peruano
aplicando las leyes dictadas por el régimen fujimorista, sólo
resultaría en un favor a los verdaderos subversivos cuando, años
después, el Estado tuviera que realizar nuevos juicios a partir
de pruebas escasas. De otro lado, los sentenciados por terrorismo sufrieron
y condiciones de carcelería vejatorias de la dignidad humana, que
no conducían en absoluto a su rehabilitación. La situación
carcelaria, en efecto, poco atendida por los jueces de ejecución
penal, dio lugar a motines y masacres en 1985, 1986 y 1992.
131. La CVR
debe indicar que el Ministerio Público -salvo honrosas excepciones-
abdicó a la función de controlar el estricto respeto a los
derechos humanos que debía observarse en las detenciones y se mostró
insensible a los pedidos de los familiares de las víctimas. Por
el contrario, se omitió el deber de denunciar crímenes,
se investigó sin energía, se realizaron muy deficientes
trabajos forenses, lo que coadyuvó a la situación de descontrol
e impunidad. Bajo la dictadura fujimorista, la obsecuencia del Ministerio
Público ante los imperativos del poder ejecutivo fue total.
V. El
papel de las organizaciones sociales
A. Sobre
los gremios
132. La CVR
ha constatado la agresión violenta de parte de los grupos subversivos
contra diversos sindicatos y empresas. En el informe de la CVR constan
los asesinatos de dirigentes sindicales, empresarios y funcionarios de
empresas.
133. La CVR
estima que mientras el PCP-SL exacerbó los conflictos laborales
y se propuso como objetivo la destrucción de los sindicatos existentes,
el MRTA buscó instrumentalizar los sindicatos para sus fines subversivos.
134. La CVR
concluye también en que las prácticas o concepciones antidemocráticas
en sindicatos y gremios empresariales condujeron a la descalificación
mutua a lo largo del conflicto armado, cuestionando la representatividad
y legitimidad de las organizaciones gremiales.
135. La CVR
ha constatado que el rol del Estado como árbitro de los conflictos
laborales fue de marcada ineptitud, pues una burocracia ineficiente y
propensa a la corrupción, la ausencia de reglas claras, una legislación
engorrosa, entre otros factores, dificultaron las negociaciones provocando
el agravamiento de los problemas.
B. Sobre
sistema educativo y magisterio
136. La CVR
ha comprobado que el Estado descuidó desde décadas el tema
educativo. Hubo proyectos modernizadores en la década del 60 pero
fracasaron. Ni la ley universitaria ni la reforma educativa de 1972 lograron
revertir esta tendencia. Tampoco neutralizaron el predominio de pedagogías
tradicionales autoritarias. En aquellos espacios que el Estado fue dejando
en su repliegue, germinaron nuevas propuestas; ellas propugnaban un cambio
radical, anti-sistémico, sólo alcanzable por la vía
de la confrontación y sustentado en un “marxismo de manual”,
dogmático y simplificado, que se expandió ampliamente en
las universidades durante la década de 1970. Esos nuevos contenidos
se transmitieron utilizando los viejos marcos pedagógicos autoritarios,
que no fueron cuestionados.
137. La CVR
ha comprobado que, entre muchos maestros y estudiantes universitarios,
se volvió sentido común el cumplimiento fatal de la historia
a través de la vía de la confrontación. Esa visión
abrió espacios para el desarrollo de propuestas autoritarias de
extrema izquierda. La del PCP-SL fue sólo la más extrema.
138. La CVR
ha comprobado que el PCP-SL fue el que buscó instrumentalizar las
instituciones educativas: universidades, colegios secundarios, institutos
superiores e incluso academias de postulantes. El sentido común
dogmático y la ambigüedad de los grupos radicales frente a
la violencia le fueron favorables. A través del amedrentamiento
o la cooptación logró ubicar maestros en colegios donde
le interesaba desarrollar proselitismo. Aprovechando y alimentando una
versión maximalista de la autonomía universitaria accedió
en algunos casos a las Direcciones de bienestar universitario o al menos
encontró santuario en viviendas y comedores. Allí desarrolló
un proselitismo en el cual el clientelismo se mezclaba con la movilización
de los sentimientos de discriminación y agravio de los estudiantes
pobres y provincianos, que utilizaban mayormente esos servicios. A ellos,
con débiles redes sociales en sus lugares de estudio, les ofrecía
además identidad y sentido de pertenencia.
139. La CVR
encuentra una grave responsabilidad del Estado: i) en el descuido de la
educación pública en medio de un conflicto que tenía
al sistema educativo como importante terreno de disputa ideológica
y simbólica; ii) en el amedrentamiento y/o la estigmatización
de comunidades enteras de maestros y estudiantes de universidades públicas,
especialmente de provincias ( ); iii) en el deterioro de la infraestructura
de servicios de varias universidades públicas ( ) iv) en haber
permitido graves violaciones de los derechos humanos de estudiantes y
profesores por el hecho de ser tales.( )
140. La CVR
repudia los crímenes cometidos contra estudiantes, profesores y
trabajadores, al margen de su filiación política. Condena
especialmente la matanza de más de cien estudiantes, profesores
y trabajadores de la Universidad Nacional del Centro (UNCP) a manos de
los diferentes actores de la guerra –incluyendo escuadrones de la
muerte- enfrentados en un fuego cruzado y confuso . Condena, asimismo,
la masacre de ocho estudiantes y un profesor de la Universidad Nacional
de Educación “La Cantuta” en julio de 1992 y la posterior
amnistía de los perpetradores miembros del escuadrón de
la muerte denominado “Colina” en 1995. Señala, a partir
de sus investigaciones, que además de las ya mencionadas, las universidades
de San Cristóbal de Huamanga, Hermilio Valdizán de Huánuco,
Callao, Huacho y San Marcos, entre otras, resultaron afectadas por la
estrategia contrasubversiva de detenciones-desapariciones y destrucción
de infraestructura y, durante el régimen autoritario de la década
de 1990, por la instalación de bases militares en los campus universitarios.
C. Sobre
el papel de las iglesias
141. La CVR
a través de numerosos testimonios recogidos, audiencias y estudios
realizados, ha constatado el papel de las iglesias Católica y evangélicas
durante el proceso de la violencia, como actoras que contribuyeron a proteger
a la población de crímenes y violaciones de derechos humanos.
Institucionalmente, la iglesia católica condenó desde temprano
la violencia de los grupos alzados en armas e igualmente las violaciones
de los DDHH por parte del Estado. Estas posturas se concretaron en actividades
de defensa de los DDHH y denuncias de las violaciones, iniciadas muy temprano
en el proceso a través de organizaciones como la Comisión
Episcopal de Acción Social (CEAS) y otras. La CVR ha llegado a
la conclusión de que muchas vidas fueron salvadas y muchos otros
atropellos fueron impedidos gracias al concurso de estas organizaciones
cuyo papel fue demandado y reconocido ampliamente por la población,
así como de religiosos y laicos individuales, más allá
de orientaciones teológicas o pastorales. En departamentos como
Puno, Cajamarca, Ancash, Ucayali o Amazonas, el papel de sacerdotes, laicos
y catequistas contribuyó a fortalecer el tejido social y construir
una barrera que debilitó el avance del PCP-SL y el desborde de
la denominada “guerra sucia”. La CVR rinde homenaje a los cristianos
que defendieron la vida durante el tiempo de la violencia política
y repudia el asesinato de sacerdotes y religiosas en cumplimientos de
su misión, sobre todo entre los sectores más desfavorecidos
del campo y la ciudad.
142. La CVR
ha encontrado, sin embargo, que la defensa de los derechos humanos no
fue firme en el arzobispado de Ayacucho durante la mayor parte del conflicto
armado. Durante buena parte del conflicto dicho arzobispado puso obstáculos
a la labor de organizaciones de la Iglesia vinculadas al tema, a la vez
que negaba violaciones de los derechos humanos. La Comisión deplora
que algunas autoridades eclesiásticas de Ayacucho, Huancavelica
y Abancay no hayan cumplido con su compromiso pastoral.
143. La CVR
ha concluido que las iglesias evangélicas cumplieron también
un valioso papel de protección de los derechos humanos, principalmente
a partir de sus instancias de coordinación nacional. Reconoce,
asimismo, el valor de los pastores que cumplieron esa labor de defensa
de la vida y denuncia de la violencia con peligro para ellos, muchas veces
en zonas periféricas de las grandes ciudades y en zonas rurales
muy apartadas. Constata también que un número significativo
de campesinos evangélicos participaron en comités de autodefensa
que enfrentaron a la subversión. Sin embargo, lamenta que algunas
comunidades evangélicas no se hayan hecho eco de la defensa de
los derechos humanos.
144. La CVR
rinde homenaje a sacerdotes, religiosos y religiosas, fieles católicos
y evangélicos que pagaron con su vida su labor pastoral durante
el conflicto armado interno.
D. Sobre
las organizaciones defensoras de los Derechos Humanos
145. La CVR
ha concluido que a lo largo del conflicto, decenas de asociaciones de
la sociedad civil mantuvieron viva la capacidad de indignación
ante lo que ocurría y crearon un eficaz movimiento a favor de los
derechos humanos que, organizado alrededor de la Coordinadora Nacional
de Derechos Humanos (CNDH), se convirtió –pese a una permanente
satanización en su contra- en un referente ético en el escenario
nacional y en un efectivo recurso para que las víctimas pudiesen
avanzar en su objetivo de alcanzar la verdad y exigir la justicia. La
Comisión está convencida de que el país debe a las
organizaciones de derechos humanos una deuda de gratitud porque, al ejercer
el derecho democrático de fiscalizar a las fuerzas del orden, contribuyeron
a controlar algunos de los aspectos más brutales del conflicto
y a ganar para la lucha democrática del pueblo peruano una amplia
solidaridad internacional.
146. De acuerdo
a la tradición del movimiento internacional de derechos humanos,
en los primeros años del conflicto los organismos peruanos defensores
de los DD.HH. centraron su crítica fundamentalmente en el Estado,
cuyas acciones se enmarcan dentro de un ordenamiento legal que deben respetar,
que es además signatario de tratados internacionales y debe, sobre
todo, responder por la seguridad de sus ciudadanos. Sin embargo, a mediados
de la década de 1980 los organismos que conformaron la CNDH zanjaron
con las organizaciones de fachada de los grupos subversivos . Posteriormente,
se negaron a defender legalmente a militantes o líderes de dichos
grupos e influyeron activa y exitosamente en el movimiento internacional
de derechos humanos, para que sus organismos incluyan dentro de sus críticas
y monitoreo a los grupos subversivos, tanto peruanos como de todo el mundo.
147. La CVR
ha constatado también, a diferencia de otros países donde
se dieron conflictos armados internos, la debilidad de las organizaciones
de víctimas. Ello porque en la mayoría de los casos las
víctimas eran campesinos pobres, con poca conciencia de derechos,
difícil acceso a la justicia, débiles redes sociales y escasos
contactos urbanos. Esta debilidad favoreció la impunidad de los
perpetradores.
148. En tal
contexto, la CVR destaca y reconoce la persistencia de la Asociación
Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del
Perú (ANFASEP), conformada en su abrumadora mayoría por
mujeres ayacuchanas quechua hablantes de escasos recursos. Aún
en los peores momentos, con tenacidad y valentía, dichas mujeres
mantuvieron viva la llama de la esperanza en la recuperación de
sus seres queridos y en la justicia para los responsables de su desaparición.
E. Sobre
los medios de comunicación
149. La Comisión
de la Verdad y Reconciliación constata que a lo largo del conflicto
armado interno los medios de comunicación jugaron un papel muy
importante. Durante esos años el trabajo de investigación
periodística fue abundante, valiente y en algunos casos, como el
de la masacre de La Cantuta (julio 1992), indispensable para encontrar
a los responsables de crímenes atroces. Muchas veces, en esas investigaciones
los periodistas arriesgaron la vida y, desgraciadamente, en varios ocasiones
la perdieron. La CVR rinde homenaje a los periodistas asesinados durante
el conflicto armado interno en cumplimiento de su deber. Hace mención
particular a los mártires de Uchuraccay, primeros periodistas caídos
en el cumplimiento de su deber en circunstancias especialmente trágicas.
Asimismo, reconoce de manera especial la contribución al esclarecimiento
de hechos y a las denuncias de crímenes y violaciones a los derechos
humanos de parte de los periodistas que en las provincias declaradas en
estado de emergencia cumplieron su deber abnegadamente y en condiciones
muy adversas.
150. En lo
que se refiere a la cobertura y la línea editorial, la CVR constata
que desde inicios de la década de 1980 los medios de comunicación
condenaron la violencia subversiva, aunque con matices según las
inclinaciones políticas de cada uno, lo que implicaba evaluaciones
diferentes de la situación o de los objetivos de las organizaciones
subversivas. Sin embargo, los medios no tuvieron la misma posición
en cuanto a la investigación y denuncia de las violaciones de DDHH.
Reconoce que hubo valioso y arriesgado trabajo de investigación
y denuncia, pero al mismo tiempo, señala que hubo medios que sostuvieron
una posición ambigua e incluso en ciertos casos importantes avalaron
la violencia arbitraria del Estado.
151. En lo
que se refiere al modo de la cobertura realizada, la CVR ha encontrado
que en muchos medios se cayó en una presentación cruda,
desconsiderada frente a las víctimas y poco conducente a suscitar
una reflexión y una sensibilización nacional. Forma parte
de este problema el racismo implícito en los medios, que ha de
ser resaltado en el informe final .
152. En muchos
medios, el tema de la violencia subversiva y contrasubversiva no fue pues
tratado de una manera tal que significara un aporte significativo a la
pacificación del país. La CVR considera que dos factores
condujeron a ese resultado: i) la adopción inopinada de una lógica
de la violencia, que terminó por imponer un tratamiento poco sensible
de los temas, y ii) la primacía de una lógica comercial,
que en los peores casos condujo al amarillismo y se complicó a
finales de la década de 1990 con el fenómeno de megacorrupción
y compra de medios.
VI. Sobre
las secuelas del conflicto armado interno
153. La CVR
halla que el conflicto armado interno que ha investigado es el más
grave de nuestra historia republicana y ha dejado secuelas muy profundas
en todos los planos de la vida nacional. La amplitud e intensidad del
conflicto acentuaron los graves desequilibrios nacionales; destruyeron
el orden democrático; agudizaron la pobreza y profundizaron la
desigualdad; agravaron formas de discriminación y exclusión;
debilitaron las redes sociales y emocionales y propiciaron una cultura
de temor y desconfianza. Es necesario, sin embargo, resaltar que –pese
a las duras condiciones-hubo personas y poblaciones que resistieron y
se esforzaron por la afirmación de una sociedad constructora de
la paz y del derecho.
154. La CVR
hace notar que, el conflicto resultó en la masiva destrucción
de la infraestructura productiva y pérdida de capital social y
oportunidades económicas. Los departamentos que lo sufrieron con
mayor intensidad se encuentran hoy en los últimos lugares en los
índices de pobreza y desarrollo humano. No es casualidad que cuatro
de los departamentos más afectados por el conflicto: -Huancavelica,
Ayacucho, Apurímac y Huánuco- se encuentren entre los cinco
más pobres del país.
155. A la
CVR le ha sido posible constatar que la violencia destruyó y desorganizó
la vida social local, especialmente por el asesinato de dirigentes y autoridades
tradicionales como estatales. Eso produjo un profundo debilitamiento de
la sociedad civil, de los partidos políticos y de las estructuras
en donde más necesarias eran: en los sectores más marginalizados
y necesitados de inclusión y expansión de la ciudadanía.
156. Para
la CVR el desplazamiento masivo desde las zonas de violencia constituyó
un doloroso proceso de desarraigo y empobrecimiento de cientos de miles
de peruanos y peruanas; ello produjo una urbanización compulsiva
así como un retroceso histórico en el patrón de ocupación
del territorio andino, lo que habrá de afectar por largo tiempo
las posibilidades de un desarrollo humano sostenible. La población
desplazada vio afectadas sus redes sociales, que debieron adaptarse con
distintos grados de éxito y con gran sufrimiento a las nuevas circunstancias,
lo cual constituyó un enorme reto para la provisión de servicios
en las ciudades. Asimismo, los desplazados por el conflicto fueron en
muchos casos estigmatizados y discriminados en escuelas, barrios y centros
de trabajo. Al retornar, tuvieron que enfrentar a veces graves problemas
de tierras y ausencia de apoyo suficiente para reorganizarse y sostener
a sus familias.
157. La CVR
ha constatado que toda una generación de niños y jóvenes
ha visto truncada o empobrecida su formación escolar y universitaria
como resultado del conflicto; ellos merecen atención preferente
del Estado.
158. La CVR
es conciente de que el conflicto armado interno intensificó hasta
niveles insoportables el miedo y la desconfianza, que a su vez contribuyeron
a fragmentar y atomizar la sociedad. En esas condiciones, el sufrimiento
extremo ha causado resentimiento y ha teñido de recelo y violencia
la convivencia social y las relaciones interpersonales.
159. La CVR
ha constatado que amplios sectores de la población afectada por
la violencia sufren una u otra forma de secuela en su salud mental, lo
que debilita sus capacidades de desarrollarse y superar las heridas del
pasado ( ).
160. Para
la CVR una secuela del conflicto armado interno en el terreno político
consiste en que él favoreció la descomposición moral
en la que se hundió el país durante los últimos años
de la dictadura de Alberto Fujimori. En efecto, la forma en que el Estado,
las fuerzas políticas y sectores importantes de la opinión
pública enfrentaron esos años, mostrando indiferencia, tolerancia
hacia las violaciones a los derechos humanos y disposición a trocar
democracia a cambio de seguridad como costo necesario para terminarlo,
abrió paso a la autocracia y la impunidad
161. Finalmente
la CVR señala que, debe reconocerse que la violencia, con todo
su rigor, no fue capaz de destruir la capacidad de respuesta de la población.
En numerosas ocasiones, ante la destrucción de redes sociales tradicionales
y el asesinato masivo de dirigentes, las mujeres asumieron nuevas responsabilidades
y lanzaron al país el reto moral de reconocer la pérdida
de miles de sus hijos en masacres y desapariciones. Dirigentes jóvenes
reconstruyeron muchas de las comunidades más afectadas y –en
el proceso de retorno de muchos desplazados- se pudo comprobar que muchas
comunidades habían sido capaces de resistir a la violencia a través
de la autodefensa y también con alternativas de paz y procesos
de micro-reconciliación.
162. La CVR
llega a la convicción de que las secuelas del conflicto armado
interno pesan como una grave hipoteca sobre nuestro futuro y afectan decisivamente
nuestra construcción como comunidad nacional de ciudadanos libres
e iguales en un país democrático y plural, que avance por
el camino del desarrollo y la equidad. Considera, asimismo, que el primer
paso para superar esas secuelas es que el país conozca en toda
su magnitud las dimensiones del horror vivido entre 1980 y 2000.
VII. Sobre
la necesidad de reparar
163. La CVR,
a partir del informe que entrega al país estima que, si bien pudo
alegarse ignorancia o incomprensión frente al drama que se venía
en los primeros años del conflicto, ello no es más posible.
Enterados los poderes del Estado y los ciudadanos y ciudadanas a quienes
va dirigido nuestro informe de las sobrecogedoras dimensiones de lo ocurrido,
resulta indispensable, si queremos vivir civilizadamente en paz y en democracia,
reparar, en la medida de lo posible, los gravísimos daños
que se han ocasionado.
164. La CVR
considera que su misma existencia y el mandato que recibió de proponer
reparaciones constituye ya el inicio de un proceso de resarcimiento y
de dignificación de las víctimas.
165. Para
la CVR la reparación tiene profundas implicancias éticas
y políticas y es un componente importante del proceso de reconciliación
nacional. Al ser las víctimas del conflicto en su abrumadora mayoría
campesinos, pobres, indígenas, tradicionalmente discriminados y
excluidos son ellos los que deben recibir atención preferente por
parte del Estado.
166. Para
la CVR, la reparación implica revertir el clima de indiferencia
con actos de solidaridad que contribuyan a la superación de enfoques
y hábitos discriminatorios, no exentos de racismo. Aplicadas con
equidad, las reparaciones deben asimismo generar confianza cívica,
restableciendo las relaciones dañadas entre los ciudadanos y el
Estado, de modo que se consolide la transición y gobernabilidad
democráticas y se prevengan nuevos escenarios de violencia.
167. La CVR
presenta al país un “Programa Integral de Reparaciones”
donde se combinan formas individuales y colectivas, simbólicas
y materiales de resarcimiento. El Programa debe ser financiado creativamente
por el Estado, pero también por la sociedad y la cooperación
internacional; él pone énfasis en: i) las reparaciones simbólicas,
el rescate de la memoria y la dignificación de las víctimas;
ii) la atención a la educación y a la salud mental; iii)
las reparaciones económicas individuales y colectivas (programas
de reconstrucción institucional, desarrollo comunal, servicios
básicos y generación de ingresos).
168. La CVR
considera que una parte esencial del proceso de reparación es la
justicia. La Comisión advierte, asimismo, que ningún camino
hacia la reconciliación será transitable si no va acompañado
de un ejercicio efectivo de la justicia, tanto en lo que concierne a la
reparación de los daños sufridos por las víctimas
cuanto en lo relativo al justo castigo a los perpetradores y el consiguiente
fin de la impunidad. No se puede construir un país éticamente
sano y políticamente viable sobre los cimientos de la impunidad.
A través de los casos que entrega al Ministerio Público,
de la identificación de alrededor de 24 mil víctimas del
conflicto armado interno y de los hallazgos de sus investigaciones en
general, la CVR busca ampliar sustancialmente los argumentos para sustentar
el reclamo de justicia de las víctimas y sus organizaciones, así
como de los organismos defensores de los Derechos Humanos y ciudadanos
en general.
169. Asimismo,
la CVR ha elaborado un Registro Nacional de Sitios de Entierro sobre la
base de la información obtenida durante sus investigaciones. Al
término de su mandato, la CVR ha registrado 4,644 sitios de entierro
a nivel nacional, habiendo realizado tres exhumaciones y constataciones
preliminares en 2,200 de ellos. Estas cifras que superan ampliamente las
estimaciones anteriores, confirman la importancia que tiene impulsar y
ejecutar el Plan Nacional de Intervenciones Antropológico Forenses
que propone la CVR. Asmimso, la CVR se ratifica en la importancia fundamental
del trabajo antropológico forense para alcanzar justicia, identificar
las posibles víctimas y procesar el duelo por nuestros compatriotas
desaparecidos.
VIII.
Sobre el proceso de Reconciliación Nacional
170. La CVR
propone que el gran horizonte de la reconciliación nacional es
el de la ciudadanía plena para todos los peruanos y peruanas. A
partir de su mandato de propiciar la reconciliación nacional y
de sus investigaciones realizadas, la CVR interpreta la reconciliación
como un nuevo pacto fundacional entre el Estado y la sociedad peruanos,
y entre los miembros de la sociedad.
171. La CVR
entiende que la reconciliación debe ocurrir en el nivel personal
y familiar; en el de las organizaciones de la sociedad y en el replanteamiento
de las relaciones entre el Estado y la sociedad en su conjunto. Los tres
planos señalados deben adecuarse a una meta general, que es la
edificación de un país que se reconozca positivamente como
multiétnico, pluricultural y multilingüe. Tal reconocimiento
es la base para la superación de las prácticas de discriminación
que subyacen a las múltiples discordias de nuestra historia republicana.

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