La violencia sexual, crimen de lesa humanidad
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos saluda la Resolución 1820 aprobada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la cual explícitamente declara que “la violación y otras formas de violencia sexual pueden constituir un crimen de guerra, un crimen de lesa humanidad o un acto constitutivo con respecto al genocidio”, poniendo énfasis sobre “la necesidad de excluir los crímenes de violencia sexual de las disposiciones de amnistía en el contexto de los procesos de solución de conflictos”.
La Resolución hace un especial llamado a los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para que cumplan con la obligación de enjuiciar a las personas responsables de tales actos, y garanticen que todas las víctimas de violencia sexual, especialmente, las mujeres y niñas, tengan igual protección de la ley e igualdad en el acceso a la justicia. Asimismo destaca “la importancia de poner fin a la impunidad por esos actos como parte de un enfoque amplio para alcanzar la paz sostenible, la justicia, la verdad y la reconciliación nacional”.
Esta Resolución constituye un gran avance en el reconocimiento de los derechos de las mujeres y niñas en contextos de violencia política y en la eliminación de toda forma de violencia contra la mujer y la niña. En tal sentido, convoca a la adopción de medidas preventivas en el seno de las fuerzas del orden y la difusión del Derecho Internacional Humanitario entre la población civil, especialmente entre las organizaciones de mujeres.
Cabe recordar que nuestro país no fue ajeno a la perpetración de esta clase de crímenes. La Comisión de la Verdad y Reconciliación estableció en su Informe Final que “las violaciones sexuales, en general, y la violencia sexual contra la mujer, en particular, no constituyeron hechos aislados sino una práctica constante que se ejerció durante todo el conflicto armado” (Informe Final, T. VI, pág. 73). Debemos subrayar, con respecto a esto, que en nuestro país hay casos gravísimos de violación sexual en agravio de mujeres, como las violaciones masivas ocurridas en las comunidades de Capaya, en Apurímac, y de Manta y Vilca, en Huancavelica, sin que hasta el momento se haya emitido sentencia en ninguno de ellos, a pesar de los muchos años transcurridos sin superar la etapa de investigación preliminar.
Invocamos a las autoridades peruanas a adecuar la legislación penal nacional a los estándares internacionales e incorporar estas figuras penales como crímenes de lesa humanidad, adoptando las acciones necesarias que permitan impulsar las investigaciones pendientes.
16 de Julio del 2008
