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Comunicados 2004

CNDDHH Demanda Suspensión Ley N° 28222
que refuerza la cultura de tutelaje de las Fuerzas Armadas 

Ante la promulgación de la ley N° 28222 que norma la intervención de las Fuerzas Armadas en situaciones de convulsión social, no declaradas en estado de emergencia, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos se pronuncia:

Si bien el país enfrenta hoy una situación de grave conflictividad social, no debemos abandonar nuestro compromiso con el proceso de consolidación democrática. En un Estado democrático las Fuerzas Armadas tienen  como finalidad garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial y solo excepcionalmente pueden participar en el control interno previa disposición del Presidente de la República y en situaciones claramente delimitadas.

La  ley N° 28222 no se ajusta a estas condiciones y mas bien se inscribe en la “cultura” del tutelaje y participación de las Fuerzas Armadas en situaciones que atañen al poder civil y que deben ser resueltas  mediante el diálogo y en ultimo caso con la intervención controlada de las fuerzas policiales.

Es necesario recordar que las Fuerzas Armadas, no están concebidas para la prevención de situaciones internas ni a ceder el control real en estas acciones al poder civil. Por ello señalamos que la mencionada ley constituye un grave peligro pues señala de forma poco clara que autoridad política solicitará la intervención militar ni que autoridad militar será responsable de la misma, no define las situaciones que justifican esta intervención, y otorga un plazo excesivo de 30 días para las intervenciones de las Fuerzas Armadas.  

Estos elementos constituyen un escenario propicio para la vulneración de los derechos fundamentales, tal como ocurrió con los Comandos Políticos Militares durante la violencia política y en los casos de Puno, Barranca, Pativilca y el norte chico el año pasado.

Ante esta decisión del Legislativo, la CNDDHH demanda al Congreso la inmediata suspensión de la ley N° 28222 hasta su  modificación y adecuada reglamentación, según los estándares internacionales de protección de los derechos humanos, teniendo presente la necesidad de consolidar la democracia y la debida sujeción de las Fuerzas Armadas al poder civil.

Finalmente alertamos a la opinión publica que al amparo de esta norma las Fuerzas Armadas están interviniendo en las zonas de Tingo Maria e Ilave sin que exista reglamentación que  enmarque su actuación.

27 de mayo de 2004