Servicio Informativo
PRONUNCIAMIENTO
Cientos de inocentes esperan en prisión
Comisión de Indulto no cuenta con recursos para realizar su trabajo
El 19 de Diciembre de 1999, mediante Ley No 27234, se creó la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para los casos de terrorismo o traición a la patria. De acuerdo con la Ley, esta Comisión es un órgano del Consejo Nacional de Derechos Humanos, el cual, a su vez, es parte del Ministerio de Justicia.
Presidida por el Ministerio de Justicia o su representante, la Comisión de Indulto debe identificar, previa solicitud del interesado los casos de personas injustamente procesadas o condenadas por delito de terrorismo o de traición a la patria. Luego, deberá recomendar al Presidente de la República que otorgue el derecho de gracia o indulto, según corresponda. Asimismo, tiene como objeto de trabajo, el identificar los casos de personas que, habiendo sido condenadas por esos mismos delitos se les ha impuesto penas de prisión desproporcionadas a su responsabilidad.
Para cumplir su misión, la Comisión de Indulto cuenta con una Secretaria Técnica (Ley No 27234 y su reglamento, D.S. No. 003-2000-JUS, de fecha 23 de junio de 2000). Esta Secretaria se encarga de acopiar y evaluar los datos relevantes de cada detenido y prepara un informe que es sometido a consideración de los miembros de la Comisión de Indulto.
Producto del primer año y medio de trabajo, 202 personas inocentes fueron liberadas, concediéndoseles derecho de gracia o indulto presidencial, según correspondía; además se conmutó la pena a más de 70 personas. Sin embargo, desde el primero de agosto a la fecha, sólo se ha concedido indulto u otorgado derecho de gracia a 36 personas inocentes y no se ha dado ningún caso de conmutación de pena.
Actualmente la Secretaría Técnica ha quedado virtualmente desactivada al haberse reducido el personal de 14 a 3 profesionales sin haber sido reemplazados. Así es como la Secretaria Técnica cuenta, hoy en día, sólo con 3 abogados para el estudio de más de 1600 solicitudes pendientes de informe, lo que, entre otras razones, explicaría el reducido número de personas beneficiadas por el derecho de gracia, indulto o conmutación de pena.
Los organismos miembros de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, expresamos nuestra gran preocupación por el hecho que la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas, no cuente con los recursos humanos y materiales suficientes para el efectivo cumplimiento de su trabajo.
En ese sentido, en nombre de los cientos de inocentes que aún están en prisión y de aquellas personas a quienes se les ha impuesto penas desproporcionadas, EXIGIMOS al Presidente de la República y al Ministro de Justicia dispongan lo conveniente para que se facilite a la Comisión de Indultos y su Secretaría Técnica, los recursos necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones, a fin de que se acelere la tramitación de indultos, derecho de gracia y conmutación de pena pendientes.
